FALDITAS CORTAS
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado la demanda de conflicto colectivo presentada por CCOO contra la empresa José Manuel Pascual S.A. en relación al uniforme obligatorio para las enfermeras y auxiliares de enfermería que prestan servicios en planta y consultas externas, al considerar que no supone discriminación por razón de sexo ni un problema de salud laboral.
En la sentencia, el Alto Tribunal andaluz considera hechos probados que que el uniforme se lleva utilizando "desde hace al menos 15 años" sin que hasta la presente (las trabajadoras del Hospital de San Rafael de Cádiz) se haya presentado "queja o denuncia alguna" por parte de ningún colectivo de los distintos centros hospitalarios de la empresa y añade que, además, el uniforme está recogido en el convenio colectivo.
Asimismo, indica que la mencionada ropa de trabajo (falda, delantal, cofia y medias) "no representa diferencias, respecto al tipo de uniforme denominado pijama, en materia de higiene y seguridad de trabajo ni desde el punto de vista ergonómico".
El TSJA rechaza la cuestión planteada por el sindicato sobre si el uniforme vulnera los derechos fundamentales y supone una discriminación por razón de sexo. En este sentido, argumenta que el uso de la vestimenta "no obedece a un problema sexista o de aprovechamiento singular del sexo en beneficio de la empresa y en detrimento de la mujer", sino que obedece a la finalidad de "dar a la clientela una buena imagen de la empresa".
Finalmente, concluyó que ni supone un riesgo para la salud laboral "ni vulnera el principio de igualdad con carácter general o colectivo ni tampoco son expresivas de un trato discriminatorio por razón de sexo", añadiendo que la Sala no entiende "de qué manera ha podido violar los derechos al honor, la intimidad personal y familiar y a la propia imagen", por lo que la demanda fue desestimada.
Contra esta resolución cabe recurso de casación ante la Sala IV del Tribunal Supremo, que debe prepararse en el plazo de los diez días siguientes a la notificación de este fallo del TSJA.
Noticia: 20minutos
Comentarios
Seguro que si se les da la oportunidad de elegir vestuario, elegirían la minifalda, pero claro, hay armar jaleo...
Por otro lado, hay que decir que es un vestuario establecido hace años, y que quienes han entrado sabían que habrían de utilizar dicha prenda...es decir, lo aceptaron.
En fin, es un oco complicado, pero sinceramente, yo no veo un problema más allá del que se le quiera otorgar. El deseo de cualquier mujer es poder sentirse guapa, salir a la calle con una minifalda sintiéndose que está bonita, y que la gente lo reconozca en un momento dado, obviando y omitiendo a babosos y perros en celo. Entonces, ¿a qué tanto revuelo? ¿Porqué no afrontar la situación con la normalidad que se le supone? Si es que el sexismo-machismo no acabará hasta que la propia mujer deje de justificar tales situaciones.
Bueno, ¿se ha notado demasiado que son clientes míos? jjjojjojojooj
Este asunto lo he colgado porque me parece ridículo. Creo que VC tiene razón en su primer comentario, el cual suscribo. Será quizás porque no soporto el feminismo, como la mayoría de los ismos, realmente.
Pamplinas y más,...lo escuché en la radio conduciendo y me asusté! me asusté porque pensé que me habían echado algo en la comida y estaba flipando,...si yo ya no pruebo ná!jijiji Otra pamplina,para estar a la altura del tema,;P
Y...no dudes nada,que es verídico al cien por cien...y además,me da igual!prefiero los pantalones!XD XD XD